MAGISTRADO. DR. EDGAR ELIAS AZAR
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL
P R E S E N T E
El fallo de la 4ª Sala en Materia Penal de
disminuir la pena privativa de libertad a Oswaldo Morgan Colón por el delito de
homicidio calificado en contra de Alí Cuevas, ciudadana mexicana-panameña
constituye un retroceso en los avances de impartición de justicia en crímenes de
violencia de género.
A pesar de que actualmente Oswaldo Morgan se encuentra
confeso y sentenciado, vemos con preocupación los intentos de exonerarlo
jurídicamente al aminorar su culpabilidad mediante argumentos basados en la
permisibilidad del asesinato de mujeres.
De igual manera condenamos rotundamente los más recientes
comentarios de Humberto Morgan, Responsable del Programa de Educación e
Integración Alternativa de la Secretaría de Educación del Distrito Federal y
exdiputado por esta entidad, con la intención eximir de responsabilidad a su
hermano en la comisión de un feminicidio.
La decisión del Magistrado de la 4ª Sala en Materia
Penal, Enrique Sánchez Sandoval de abreviar siete años la pena de prisión a
Oswaldo Morgan respecto a la sentencia inicial del juzgado 39º de lo Penal,
evidencia las fallas endémicas para brindar justicia con
perspectiva de género. En una coyuntura tan trascendental como lo es la del
actual proceso de tipificación del delito de feminicidio en el DF, resulta
incongruente que en la capital se sigan usando argumentos jurídicos basados en
criterios misóginos y que no exista una voluntad clara de integrar los
estándares más avanzados contra la violencia de género en los procesos de
impartición de justicia.
El hecho de que el Magistrado Sandoval justifique la saña
cometida por Morgan a través de una tesis aislada de 1953 que
presupone la insubordinación de la mujer como una “grave ofensa” constituye un
ejemplo clásico para eximir de culpabilidad en casos de feminicidios. Con su
argumentación jurídica, el Magistrado atenúa la violencia hacia las mujeres al
haberse apoyado en jurisprudencia que afirma que:
“…resulta indudable que esa grave ofensa (sin especificar
cuál) le origine un traumatismo psíquico y una conturbación de su ánimo
(a Morgan) que lo hicieron actuar con saña, por el número
de heridas que produjo a su víctima, por ello de ninguna manera revela ferocidad
de su parte.”
Resulta también desolador que el Magistrado no haya tomado en
cuenta el peritaje de violencia de género aportado por la Comisión
Mexicana de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, el cual le brindó
elementos contundentes para vincular los estándares y convenciones
internacionales de derechos de las mujeres y violencia al caso particular de Alí
Cuevas. De la misma forma, fueron desdeñadas en la decisión judicial las medidas
integrales de reparación de daño como son las medidas de satisfacción y no
repetición que establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos para casos
de feminicidio.
Por si estos elementos jurídicos no fuesen suficientemente
ilustrativos de las severas deficiencias que imperan en la capital para la
adecuada impartición de justicia en casos de feminicidio, el hermano del
inculpado, Humberto Morgan, ha persistido en sus intentos por culpabilizar a Alí
de su asesinato y hacer creer en medios de comunicación que su hermano actuó en
defensa legítima. Sus aseveraciones en el sentido de que
familiares de Alí mandaron a hacer un excesivo número de heridas para
“chingar” a su hermano (Entrevista a la revista Chilango-enero 2011)
constatan su negligencia para reconocer la violencia feminicida y
un dolo que deriva en la revictimización hacia la familia de Alí. Estos
hechos cobran extrema gravedad al ser emitidos por un funcionario público, que
tiene el deber de procurar la mayor sensibilidad hacia las problemáticas de
género y su solución.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO EXIGIMOS:
AL MAGISTRADO. DR. EDGAR ELIAS AZAR.
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL:
Realizar las diligencias correspondientes para revertir el
fallo (Toca 1553/2010) y considerar todos y cada uno de los elementos
probatorios en este caso para emitir una sentencia con una perspectiva de
integral de género y reparación de daño que siente un referente paradigmático
para prevenir y atender otros casos de feminicidios.
A HUMBERTO MORGAN COLÓN
RESPONSABLE DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN E INTEGRACIÓN
ALTERNATIVA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL:
Una disculpa y retractación pública por sus comentarios
misóginos que lastiman a todas las mujeres y la memoria de Alí Cuevas así como
un punto final a los intentos de absolver a su hermano de la comisión de un
feminicidio cometido con violencia extrema.
FIRMA COMO PERSONA U ORGANIZACIÓN:
C.C.P.
LIC.
MARCELO EBRARD CASAUBÓN-JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
DR. LUIS
GONZÁLEZ PLACENCIA-COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
LIC
.MARTHA LUCÍA MÍCHER- DIRECTORA DE INMUJERES
DF
LIC.MARIO M. DELGADO CARRILLO-SECRETARIO
DE EDUCACIÓN DF
LIC .
FRANCISCO TROYA AGUIRRE-EMBAJADOR DE PANAMÁ EN MÉXICO,
LIC.
TERESA INCHÁUSTEGUI-PRESIDENTA DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTOS A LOS
FEMINICIDIOS, CÁMARA DE DIPUTADOS
MTRO.
JAVIER HERNÁNDEZ VALENCIA- REPRESENTANTE EN MÉXICO DE LA OFICINA DEL ALTO
COMISIONADO DE LA ONU PARA LOS DERECHOS HUMANOS
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